“La prensa no es la escalera para asaltar la familia y su secreto... el que así la emplea prostituye su ejercicio y la degrada más que los tiranos”
Este medio dice no a los e-mails enviados donde a través de imágenes de orden de la vida privada pretenden manchar la imagen de diferentes personas vinculadas a diferentes ámbitos.
A nuestra redacción llegan ante la proximidad de cada acto eleccionario o a las diversas internas que se suscitan en diferentes líneas políticas, imágenes de la vida privada de personas vinculadas al poder político ya sea local (La Punta) o provincial
San Luis Informa, no se anota en ese tipo de actos, entendiendo desde nuestra redacción por figura pública aquella persona ampliamente conocida en la comunidad con motivo de sus logros, actos u opiniones y que, por tal razón, gravitan e influyen sobre los grupos sociales que, además de no permanecer insensible frente a ellos, demandan el conocimiento de sus puntos de vista sobre una amplia gama de áreas sociales o temáticas.
También entendemos como figuras públicas aquellas personas que, si bien carecen de una fama generalizada se involucran en una controversia de relevante interés público, adquiriendo el carácter de figura pública, aunque limitado al tema objeto de dicha controversia y en el marco restrictivo de ella.
No significa esto, que la prensa puede gozar de impunidad frente a personas que debido a su notoriedad pública ven aniquilado derechos fundamentales como son los de intimidad y honor.
Sino, que en aras de optimizar el funcionamiento de una sociedad pluralista, democrática, participativa es necesario que el periodismo cuente con la más amplia libertad de expresión: “...el alcance del derecho a la información debe ser cada vez mayor como mecanismo de control de la sociedad con sus gobernantes. Pero ello no significa invadir la intimidad de nadie, sino establecer una posición clara en cuanto a quienes detentan las facultades de los destinos de una comunidad deben tener una valla menos infranqueable que un ciudadano común para el conocimiento de sus actividades personales que repercutan en el ejercicio de su cargo.”
Tanto el derecho a la intimidad como a la información son inherentes a la condición humana y deben estar presentes y suficientemente tutelados en una estado democrático. Pero en determinadas ocasiones, estos derechos colisionan, se contraponen y se renueva el debate acerca de cuál es el límite de cada uno.
El Derecho a la Intimidad es el “derecho personalísimo que permite sustraer a la persona de la publicidad o de otras turbaciones a la vida privada, el cual está limitado por las necesidades sociales y los intereses públicos”
Los actos de la vida privada de dirigentes, políticos o periodistas o de cualquier habitante, son privados.
Los funcionarios deben ser en todo caso juzgados por sus funciones como funcionales al pueblo que administran o no.
Redacción San Luis Informa Fabián Ferrarelli
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