A partir de la resolución 653/10 del Ministerio de Trabajo y de la Comunicación "A" 5091 del Banco Central de la República Argentina, desde esta semana ya los bancos no podrán cobrar comisiones por los movimientos en las cuentas sueldo y deberán devolver los cargos percibidos desde el 14 de mayo.
Desde esta semana son gratuitas las extracciones de dinero en cajeros automáticos de distintas entidades y redes del país que se efectúen en las cuentas sueldos, ya que los bancos tendrán que dejar de cobrar comisiones sobre los movimientos sobre esas cajas de ahorro y los bancos deberán devolver los cargos cobrados desde el 14 de mayo.
La resolución 653/10 del Ministerio de Trabajo y la Comunicación "A" 5091 del Banco Central de la República Argentina determinan que a partir de ahora la apertura de la cuenta sueldo no tendrá costo y que serán gratuitas las siguientes operaciones:
* Las extracciones de dinero en cajeros automáticos de distintas entidades y/o redes del país.
* La extracción de dinero por ventanilla, sin límites de importe, ni de cantidad de extracciones, cuando se realice en la casa de radicación de la cuenta y en las restantes casas de la entidad.
* Efectuar pagos de impuestos y servicios por cajero automático, sistema de débito automático u otros canales (homebanking).
* Acreditación de montos correspondientes de reintegros fiscales, comerciales, promocionales, prestaciones de salud y prestamos personales pagaderos mediante retención de haberes o débito en la cuenta.
* La transferencia de los haberes a otra cuenta -de ahorro o cuenta corriente -que el trabajador haya abierto por decisión propia cualquiera sea la entidad que se haya designado.
* El mantenimiento de la cuenta.
El titular de la cuenta sueldos podrá consultar sin cargo los últimos 10 movimientos en los cajeros automáticos del banco emisor de su tarjeta y sobre la tarjeta de débito no tendrá costo. Lo mismo que la emisión de la tarjeta de débito para el titular y el cotitular. Tampoco deberá pagar su reemplazo por desmagnetización o deterioro de la tarjeta de débito ( en este último caso una por año).
El resumen de cuenta será emitido por el banco sin cargo, en forma semestral, y se enviará al domicilio del trabajador.
En cambio, los servicios bancarios adicionales que no sean de naturaleza laboral tendrán los costos que se pacten entre ambas partes.
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